Sábado, 31 de Julio de 2010

AUTORIZAN USO DEL 50% RE RECURSOS DEL CANON Y SOBRECANON Y REGALÍA MINERA PARA EL MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA

Decreto de Urgencia N° 060-2009, El Peruano del 14 de mayo de 2009

El Poder Ejecutivo autorizó hasta el 31 de diciembre del 2010 a los gobiernos regionales y los gobiernos locales a utilizar hasta el 50% de los recursos provenientes del canon y sobrecanon y la regalía minera, que perciban a partir del 15 de mayo de 2009, para ser destinado exclusivamente al mantenimiento de infraestructura de impacto regional y local, priorizando infraestructura básica.

En el caso de los gobiernos regionales y gobiernos locales que tengan autorización legal expresa respecto al uso de los mencionados recursos, ellos se seguirán rigiendo por sus propias normas, pero podrán destinar adicionalmente hasta un 30% de los recursos que perciban, exclusivamente al mantenimiento de infraestructura de impacto local, priorizando infraestructura básica.

La decisión del Poder Ejecutivo forma parte de la implementación de medidas económicas para la reactivación del aparato económico productivo frente a la crisis externa, habiéndose considerado dentro de las mismas el mantenimiento de infraestructura considerados prioritarios.

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Categoría: Normas Legales del Canon Minero

Subategoría: Leyes, Decretos Legislativos y Decretos de Urgencia

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